Abogados de Asilo en Washington
El asilo protege a las personas que no pueden regresar con seguridad a su país porque sufrieron persecución o temen sufrirla. Si usted teme ser perseguido por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado, puede pedir protección a Estados Unidos y, con el tiempo, obtener la residencia permanente.
Los abogados de asilo de Ritchie-Reiersen Injury & Immigration Attorneys representan a clientes en casos afirmativos ante la oficina de asilo de USCIS y en casos defensivos ante las Cortes de Inmigración de Seattle y Tacoma. Preparamos su declaración, reunimos la evidencia sobre las condiciones de su país y lo acompañamos en la entrevista o la audiencia. Todo el proceso puede hacerse en español.
¿Quién califica para el asilo?
Para ganar un caso de asilo debe demostrar que es un refugiado según la ley de Estados Unidos: una persona que no puede o no quiere regresar a su país por persecución pasada o por un temor fundado de persecución futura basado en al menos uno de cinco motivos protegidos:
- Raza
- Religión
- Nacionalidad
- Opinión política, incluida la opinión que el perseguidor cree que usted tiene
- Pertenencia a un grupo social determinado, que puede incluir relaciones familiares, reclamos basados en el género y otros grupos reconocidos por las cortes
El daño debe venir del gobierno o de personas que el gobierno no puede o no quiere controlar. La delincuencia general o las dificultades económicas por sí solas no califican, pero muchos casos que al principio parecen “solo delincuencia” resultan tener un motivo protegido cuando un abogado revisa los hechos.
Asilo afirmativo y asilo defensivo
Hay dos caminos para pedir asilo, y cuál le corresponde depende de si usted ya está en proceso de deportación.
- Asilo afirmativo: usted no está en la corte de inmigración. Presenta el formulario I-589 ante USCIS, asiste a una entrevista con un oficial de asilo y recibe una decisión. Si el oficial no concede el asilo y usted no tiene otro estatus, el caso se envía a un juez de inmigración.
- Asilo defensivo: usted está en proceso de deportación ante un juez de inmigración. Presenta el I-589 en la corte y expone su caso en una audiencia individual, donde el abogado del gobierno puede interrogarlo a usted y a sus testigos.
Nuestros abogados manejan ambos. Como el bufete litiga en las cortes de Seattle y Tacoma, incluido el calendario de detenidos de Tacoma, sabemos cómo funciona cada escenario y qué esperan ver los jueces y los oficiales.
El plazo de un año
En la mayoría de los casos debe solicitar asilo dentro del año siguiente a su última entrada a Estados Unidos. No cumplir el plazo no siempre termina el caso. La ley permite excepciones por circunstancias cambiadas, como nuevas condiciones en su país o un cambio en su propia situación, y por circunstancias extraordinarias que causaron la demora. Aun cuando el asilo esté bloqueado por el plazo, usted puede calificar para la suspensión de deportación (withholding of removal) o la protección bajo la Convención contra la Tortura, que no tienen plazo. Si lleva más de un año aquí, hable con un abogado pronto en lugar de suponer que no se puede hacer nada.
Qué incluye un caso de asilo
- Una declaración escrita detallada que cuente su historia con sus propias palabras, en orden cronológico, con los hechos que importan legalmente
- Pruebas de identidad y nacionalidad, y de su fecha de llegada a Estados Unidos
- Documentos de apoyo: reportes policiales o médicos, fotografías, cartas de testigos, noticias e informes de expertos sobre las condiciones del país
- Preparación para la entrevista o la audiencia, incluidas sesiones de práctica para que pueda testificar con claridad y consistencia
- Permiso de trabajo: puede solicitar un documento de autorización de empleo una vez que su solicitud haya estado pendiente el tiempo requerido, según las reglas vigentes de USCIS
La credibilidad es el centro de casi todos los casos de asilo. Pequeñas inconsistencias entre su declaración, su entrevista y sus documentos pueden costarle el caso. Construimos el expediente para que cada pieza respalde a las demás.
Después de que le concedan el asilo
Una vez concedido el asilo, puede solicitar autorización de empleo, pedir estatus derivado para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos o en el extranjero, y solicitar la residencia permanente un año después de la aprobación. Los asilados también pueden pedir un documento de viaje para refugiados. Le ayudamos en cada uno de estos pasos para que la protección se convierta en un estatus permanente.
Por qué los clientes eligen Ritchie-Reiersen para casos de asilo
- Abogados que ejercen exclusivamente el derecho migratorio y han representado casos de asilo, protección contra la tortura y perdones en las Cortes de Inmigración de Seattle y Tacoma
- Abogados que hablan español y preparan su declaración directamente con usted, sin intérprete
- Once oficinas en Washington, Oregon, Idaho y Arizona, además de consultas por teléfono y video
- Comunicación clara sobre plazos, riesgos y qué debe demostrar la evidencia
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un caso de asilo?
Los casos afirmativos dependen del retraso de la oficina de asilo de USCIS y pueden tardar desde meses hasta varios años. Los casos defensivos siguen el calendario de la corte, y las audiencias individuales en Seattle y Tacoma suelen programarse con un año o más de anticipación. Un abogado puede decirle cuál es la espera actual para su tipo de caso.
¿Puedo trabajar mientras mi caso de asilo está pendiente?
Sí, una vez que su solicitud haya estado pendiente el tiempo que exige USCIS y ninguna demora se le atribuya a usted, puede solicitar un documento de autorización de empleo. Las reglas sobre el tiempo de espera han cambiado varias veces, así que confirme el requisito vigente antes de planear en torno a él.
¿Puede mi familia incluirse en mi caso de asilo?
Su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos pueden incluirse como derivados en su solicitud. Si le conceden el asilo, también puede pedir a su cónyuge e hijos que califiquen y estén fuera del país.
¿Qué pasa si entré sin inspección o mi visa venció?
La forma en que entró no le impide solicitar asilo. Muchas personas a las que se les concedió asilo entraron sin inspección o se quedaron más tiempo que su visa. Sin embargo, puede afectar cómo se presenta el caso y qué corte u oficina lo decide, así que cuéntele a su abogado toda su historia.
¿Manejan casos de asilo en español?
Sí. Los abogados Stephen Brown y Shane Crager hablan español con fluidez y trabajan directamente con clientes hispanohablantes para preparar declaraciones, evidencia y testimonio.
Nuestros abogados de inmigración

Stephen Brown
Stephen (Steve) Brown ha ejercido exclusivamente el derecho migratorio durante toda su carrera, con experiencia en las Cortes de Inmigración de Seattle y Tacoma y ante USCIS en Seattle y Yakima. Habla español con fluidez, obtuvo su J.D. en Seattle University School of Law y es miembro de la American Immigration Lawyers Association (AILA).

Shane Crager
Shane Crager ha trabajado únicamente como abogado de inmigración, enfocándose en casos familiares, visas U, defensa contra la deportación, asilo y naturalización. Habla inglés y español con fluidez y obtuvo su J.D. en Marquette University Law School.
El abogado Eric Reiersen, también hispanohablante, ejerce el derecho migratorio junto al equipo. Todas las consultas están disponibles en inglés o en español.
Atendemos a clientes en nuestras oficinas en Kennewick, Tacoma, Auburn, Yakima, Moses Lake, Everett, Spokane, Wenatchee, Portland, OR, Twin Falls, ID, Mesa, AZ. También ofrecemos consultas por teléfono y video en todo Washington, Oregon, Idaho y Arizona.
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Llame al (888) 884-7337 o envíenos un mensaje para programar una consulta confidencial en español.
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